Comunidades de propietarios

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Comunidades de propietarios

La comunidad de propietarios es la entidad conformada por todos los vecinos, propietarios de viviendas y locales integrantes de un edificio, y viviendas unifamiliares con zonas comunes. Si bien cada uno tiene su propiedad exclusiva también comparten derechos y deberes sobre los elementos comunes que se rigen por la Ley de Propiedad Horizontal y por los propios estatutos de la comunidad que acuerdan todos los inquilinos de las viviendas.

La participación en las decisiones de cada propietario se expresa en una cuantía económica asignada al piso o local, teniendo en cuenta que la no utilización del servicio generador del gasto no exime de la obligación de pago correspondiente.

En nuestro despacho especialista en derecho inmobiliario sabemos de lo importante que es para nuestra clientela el poder disfrutar al máximo de su vida, sin tener que preocuparse por temas administrativos, de reuniones interminables que en ocasiones acaban en disputas, de presupuestos que no entienden, de vecinos morosos, entre otros asuntos que pueden surgir en una comunidad de propietarios.

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Obligaciones de una comunidad de propietarios

Las comunidades de propietarios están compuestas por los propietarios de locales, viviendas, plazas de garaje y demás elementos de un edificio o urbanización.

La convivencia puede ser fuente de grandes conflictos y disputas, de ahí que en muchas de las ocasiones resulte un trabajo complicado y difícil el conseguir que entre los propietarios e inquilinos de una comunidad de vecinos llegue a existir un ambiente sociable y cordial.

Generalmente, todas las comunidades de propietarios cuentan con estatutos internos que velan por la buena convivencia en el edificio o urbanización.

Además de esto, el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal recoge una serie de derechos y obligaciones a cumplir por parte de los vecinos con el objetivo de lograr el bienestar de todos.

Entre las obligaciones que tiene una comunidad de propietarios encontramos:

  • Respetar y conservar las zonas comunes.
  • Conservar la propiedad.
  • Consentir las reparaciones en el hogar.
  • Estar al corriente de los pagos.
  • Asumir la presidencia.
  • Informar sobre cualquier cambio de titularidad.

RESPETAR Y CONSERVAR LAS ZONAS COMUNES

Respetar y conservar los espacios comunes o zonas disponibles para el uso de los propietarios de una comunidad, es una de las obligaciones más importantes. Estos espacios comunes como piscinas, instalaciones deportivas no podrán ser utilizadas por los vecinos de tal manera que impida el uso a los demás propietarios.

CONSERVAR LA PROPIEDAD

No solo deben respetarse las zonas comunes sin también conservar la propiedad, de modo que es preciso cumplir con las condiciones necesarias de habitabilidad, seguridad, accesibilidad y estructurales.

Siempre que sea preciso se deberán de realizar las obras pertinentes para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios. En caso de no hacerlo y de que alguien pudiese resultar herido, se convertirían en responsables civiles la propia comunidad, administrador o presidente.

El propietario no puede hacer obras que alteren el inmueble, cuando afecten a la estructura o seguridad del edificio o perjudiquen los derechos de otros propietarios.

CONSENTIR LAS REPARACIONES EN EL HOGAR

En el caso de aprobar una reforma necesaria para mantener el edificio en perfectas condiciones y dicha reforma requiere de acceso a la propiedad individual, los propietarios están en la obligación de permitir el paso al personal de la obra a su vivienda.

CUMPLIR LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Es obligatorio cumplir las normas de prevención de riesgos laborales en relación a trabajadores contratados por cuenta ajena (como el portero, el conserje, etc.) y a obras realizadas por la comunidad.

ESTAR AL CORRIENTE DE LOS PAGOS

Todo vecino debe de esta al corriente de los pagos de las cuotas para de este modo contribuir con los gastos generales, mantenimiento del inmueble, zonas o elementos comunes.

Dicho pago de las cuotas ya sean ordinarias (luz, agua, ascensor) como extraordinarias (gastos imprevistos para la mejora de las instalaciones), deberá de realizarlo cada uno de los propietarios aplicando el porcentaje de su coeficiente de participación en la comunidad.

ASUMIR LA PRESIDENCIA

Si el propietario es elegido presidente de una comunidad ya sea mediante una votación o rotación de turnos, tiene la obligación de asumir el cargo que le han otorgado sin poder renunciar a el, a excepción de si la persona presenta una causa justificada (enfermedad, discapacidad…), que debe presentar ante el administrador de fincas.

La función del presidente es convocar la junta de propietarios, representar a la comunidad en los asuntos que le afecten en vía judicial y extrajudicial y llevar a cabo los acuerdos adoptados por la junta.

INFORMAR SOBRE CUALQUIER CAMBIO DE TITULARIDAD

Todo propietario tiene la obligación de informar al secretario de la comunidad sobre cualquier cambio en la titularidad del inmueble, así como de facilitar los datos del nuevo propietario.

Además de las obligaciones existentes en una comunidad de propietarios también se deben tener en cuenta una serie de normas que van a favorecer la buena convivencia con el resto de vecinos:

  • Moderación de los ruidos a ciertas horas.
  • Ante algún conflicto, dialogar con los vecinos para evitar querellas y denuncias innecesarias.
  • Cultivar las relaciones personales.

Incumplimiento de las obligaciones en una Comunidad de Propietarios

En caso de incumplimiento con las obligaciones establecidas en una comunidad de propietarios será preciso convocar una reunión a la Junta de propietarios para decidir si se solicitan los trámites necesarios para el inicio de un juicio ordinario.

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